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BRISA VS BOLIVIA: UNA CRUZADA POR JUSTICIA PARA VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL

Brisa De Angulo Losada, ve una luz de esperanza al final del túnel.  Tras 20 años de impunidad y omisión de justicia por la violación sexual que sufrió a sus 15 años, por parte de su primo diez años mayor que ella, espera que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) falle para que en Bolivia se garantice una justicia pronta y oportuna en los casos de delitos contra la libertad sexual de niñas, niños y adolescentes.

“Fui devastada por la violencia sexual y el sistema judicial no me protegió, y sólo espero que Bolivia inicie un proceso de reformas legales para que ninguna otra víctima experimente los horrores y el dolor que soporté por 20 años”, dijo en entrevista con Cabildeo Digital.

“Lo único que espero es que esta sea una oportunidad para sentar precedentes y para que en el futuro otras víctimas sean escuchadas y los delitos sexuales no queden en la impunidad”, insistió.


CASO Nº 13.080: IMPUNIDAD E INJUSTICIA

En 2015, la Defensoría del Pueblo, alertó que cada día 16 niñas o niños sufren vejámenes sexuales a nivel nacional. El informe defensorial “Las niñas y las adolescentes: derechos invisibilizados y vulnerados” destacó que el 97% de las denuncias de agresiones sexuales apuntan a parientes varones de las víctimas y el 60% son reincidentes. 


Audiencia Corte CIDH, marzo 22, captura de pantalla.

Otros informes dieron cuenta que sólo el 5% de los casos de violencia sexual se denuncia, y que del total de denuncias sólo el 0,5% concluye en sentencia y apenas el 0,2% de las víctimas recibe apoyo psicológico y terapia especializada.

En 2017, durante la 161 Sesión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), una coalición de instituciones reportó que en Bolivia una de cada tres niñas y adolescentes sufre violencia sexual antes de cumplir los 18 años, lo que convierte al país en el segundo con más víctimas en América Latina. 

En esa misma sesión, la CIDH admitió la petición 86/12 que Brisa de Angulo Losada presentó en 2012 contra Bolivia, luego de tres juicios en los que ella y su familia lucharon infructuosamente por obtener justicia por la violación de la que fue víctima, en tanto su agresor se dio a la fuga y nunca pagó por su culpa.   

En 2019 la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió un Informe de Fondo y concluyó que “el Estado no llevó a cabo una investigación seria y efectiva, por todos los medios legales disponibles, con determinación y eficacia frente a la denuncia de violencia sexual en contra de Brisa, adolescente de 16 años, por parte de su primo, quien tenía 26 años a la época de los hechos”. 


Brisa en las calles para cambiar la Justicia y el mundo

Subrayó que el Ministerio Público no llevó a cabo una investigación diligente, orientada a la determinación de la verdad y con la debida diligencia reforzada sobre las alegaciones de abuso, violencia sexual y violación sexual, ni encausó debidamente el proceso penal con base en la prueba disponible, como lo admitieron “los propios tribunales que conocieron del caso y provocó la revocación y reenvío para un nuevo enjuiciamiento, materializándose la fuga del presunto responsable de Bolivia, sin que se hubiesen adoptado con posterioridad las medidas requeridas para poder continuar el proceso, solicitando su arresto o extradición”. 

También determinó que la víctima no contó con un recurso adecuado frente a la denuncia de violencia sexual y que, durante la investigación y enjuiciamientos, no se tomaron las medidas necesarias para evitar la revictimización de Brisa y los procedimientos no se condujeron con perspectiva de género y niñez, en atención al deber de debida diligencia estricta y reforzada y de protección especial que demandaban las alegaciones de violencia sexual en contra de una adolescente. 

Asimismo, la Comisión determinó que, debido a los mencionados errores y falencias, el proceso penal “no fue decidido en un plazo razonable, ya que, transcurridos más de 18 años de los hechos, no existe una sentencia firme de condena o absolución”, asimismo, consideró que “la ausencia de una debida diligencia reforzada y protección especial derivada de la condición de adolescente de la víctima frente a la denuncia de violencia contra la mujer, constituyeron una discriminación por razón de género y edad en el acceso a la justicia”.

En julio de 2020, el caso fue remitido a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), como un caso emblemático de impunidad y omisión de justicia en casos de violencia sexual contra NNA. 

En 2021 una coalición de instituciones a la cabeza de la Comunidad de Derechos Humanos presentó un Amicus Curie reforzando los argumentos que evidencian que el Estado incumplió sus obligaciones internacionales reforzadas de respeto y garantía a los derechos de la víctima y le negó protección, acceso eficaz a la justicia y una atención integral enmarcada en el deber de la debida diligencia, la garantía de prohibición de revictimización y el trato digno. 

El pasado 31 de marzo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) escuchó Brisa De Angulo Losada. Fue la primera vez que una víctima de violencia sexual dio su testimonio ante la máxima instancia del sistema interamericano de justicia.   

A poco de contar su caso en la audiencia virtual de la Corte IDH dijo a Cabildeo Digital que “mi expectativa es que se condene a Bolivia a realizar reformas legislativas para proteger a las víctimas de toda forma de violencia sexual.  No espero ningún resarcimiento económico”.

Lamentó la actitud asumida por el procurador general, Wilfredo Chávez, que durante la audiencia y en representación del Estado boliviano rechazó la demanda y calificó de “aberrante y fuera de lógica pensar que Bolivia haya tenido o tenga una tolerancia estructural y una cultura de impunidad hacia los hombres que cometan actos de violencia sexual contra las mujeres, en particular el incesto”.


Wilfredo Chávez, el procurador general, 


Chávez también dijo que “las pruebas aportadas por la supuesta víctima son contradictorias” y luego de referir todas las leyes aprobadas en los últimos 15 años, negó que en el país se incurra en “violencia institucional” en los procesos por violencia sexual e incesto.

De Angulo Losada retrucó al Procurador General, y le recordó que “Bolivia no activó el proceso de extradición del agresor para continuar el tercer juicio y para que pueda concluir este proceso”.  Dijo que “al parecer el gobierno de Bolivia ha estado en contacto con el agresor, porque pidió que se hiciera un examen y esta petición la hicieron a la CIDH, el gobierno ha estado en contacto y sabe del paradero del agresor y en todos estos años no se ha movido para traerlo a Bolivia”.  

Lamentó que Chávez haya incurrido en “revictimización a nombre del Estado” y consideró que “podía decir que esto ocurrió en el gobierno pasado y que están tomando acciones para mejorar, pero no tratarme de mentirosa.  Continúan invalidando a las víctimas al llamarlas mentirosas y no ver sus derechos”.

E insistió que “lo único que estoy buscando es proteger a la niñez, no le estoy pidiendo nada para mí, estoy buscando que podamos trabajar en hacer reformas y eso le beneficia al gobierno.  Fue bastante doloroso que asuma esa postura y trate de negar el dolor que me provocaron al negarme reparación y justicia”.


REFORMAS PARA LA REPARACIÓN Y JUSTICIA

Eliminar la prescripción de los delitos contra la libertad sexual y la tipificación de las violaciones sexuales incestuosas como delito, son los ejes de la propuesta que elaboró la Fundación Una Brisa de Esperanza y que De Angulo Losada plantea como base del resarcimiento que espera del Estado boliviano.


Brisa De Angulo Losada, como activista por los derechos de la niñez y adolescencia. 
Foto FUBE


“La Corte Interamericana nos abre una plataforma para contar con apoyo nacional e internacional en la promoción de la propuesta para construir una sociedad que permita a niñas, niños y adolescentes crecer y desarrollarse de forma segura sin el riesgo de sufrir violencia sexual y que en los casos de delitos contra la libertad sexual cuenten con acceso a una justicia pronta, oportuna y de calidad”, puntualizó.

En materia de reformas del Código Penal y Procedimiento, la propuesta plantea la adopción de la imprescriptibilidad para delitos contra la “libertad sexual”; la tipificación de las violaciones sexuales incestuosas como delito dentro del Código Penal boliviano cuando las víctimas sean menores de 18 años; la modificación de los artículos relacionados con violación y abuso sexual y; promover procesos abreviados en delitos contra la “libertad sexual” de niñas, niños y adolescentes.  

Puntualiza que “países como El Salvador, Argentina, Ecuador, Perú, Chile, y Colombia muy cercanos a Bolivia y con similitud en su legislación nacional, ya cuentan con normativa correspondiente a la imprescriptibilidad en delitos contra la libertad sexual. Esto significa un gran avance en la protección a las víctimas que han sufrido delitos contra la libertad sexual, y deben ser tomados como ejemplo para que, de igual manera, Bolivia pueda adaptar sus normas a las necesidades de las víctimas y declare la imprescriptibilidad de los mismos”.

Respecto a la tipificación del incesto como delito, argumenta que “parte de la conspiración del silencio que la familia, el Estado y la sociedad han venido teniendo con la cultura del incesto es la invisibilidad de delitos sexuales incestuosos” y plantea que “Los crímenes sexuales incestuosos deben ser tipificados como delito en el Código Penal para confrontar de frente esta práctica y tendencia de minimizar, normalizar y silenciar este tipo de crímenes. Es crucial reconocer y tipificar los crímenes sexuales incestuosos contra NNAs para promover la protección, la identificación, la revelación y la judicialización de estos crímenes”. 

En relación a la operativización de la justicia demanda la “priorización del Interés Superior de NNAs en delitos contra la libertad sexual y la creación e implementación de políticas y prácticas de captura y recaptura en delitos contra la libertad sexual de NNAs”

Además de varias acciones que deben orientarse al desarrollo de profesionales y servicios actualizados y de alta calidad, en materia de prevención plantea “la capacitación obligatoria en centros educativos sobre los derechos de NNAs que incluya información sobre las dinámicas de violencia sexual, los diferentes factores familiares y sociales que normalizan y promueven conductas y situaciones de riesgo a NNAs para que sean victimizadas por agresores sexuales, y donde recurrir para ayuda en casos de sospecha”.

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BRISA VS BOLIVIA: UNA CRUZADA POR JUSTICIA PARA VÍCTIMAS DE VIOLENCIA SEXUAL
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