La defensa de la exmandataria afirmó que antes de solicitar la remisión de antecedentes al TSJ, el juez Amaru debería esperar que se resuelva la apelación.
Vía: Página Siete |
El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) renunció a su atribución y remitió los antecedentes del caso Senkata al juez Primero de Instrucción en lo Penal de El Alto, Marco Amaru, dejando así en sus manos, en la vía ordinaria, el proceso contra la expresidenta Jeanine Añez, pese a que se tramitaba un juicio de responsabilidades.
En artículo 184 de la Constitución Política del Estado establece que una de las atribuciones del TSJ es “juzgar, como tribunal colegiado en pleno y en única instancia” al Presidente del Estado por delitos cometidos en el ejercicio de su mandato, previa autorización de la Asamblea Legislativa Plurinacional.
Por otro lado, el artículo 12 de la Ley 44 de juicio de responsabilidades establece que el caso de corte procederá contra un Presidente “cuando en el ejercicio de sus funciones” cometa uno o más delitos.
Añez asumió el 12 de noviembre de 2019, tras la renuncia a la presidencia de Evo Morales. Los hechos luctuosos de Senkata, cuando murieron 10 personas y más de 70 resultaron heridas, ocurrieron el 19 de noviembre de ese año, cuando Añez estaba en el poder. (Ver informe del GIEI)
La información del envío del caso fue proporcionada por el abogado de Añez, Luis Guillén, quien cuestionó que el TSJ enviara los antecedentes de la causa al juez Amaru, sin haber considerado antes una resolución respecto a la competencia de juzgamiento.
“Los antecedentes del proceso de juicio de responsabilidades de Senkata han sido puestos en conocimiento la anterior semana, miércoles, dentro de este juzgado (de Amaru) sin haber puesto en conocimiento a ninguna de las partes, sin haber esperado a que se resuelva una apelación, porque ahí puede salir una decisión favorable”, observó el jurista, citado por Erbol.
Guillén también observó que el juez Amaru haya solicitado al TSJ que le remita los antecedentes del caso, cuando está pendiente una apelación contra su decisión de declararse competente de procesar a Añez en la vía ordinaria.
Recalcó que, antes de solicitar la remisión de antecedentes al TSJ, el juez Amaru debería esperar que se resuelva la apelación.
Dijo que también llamó la atención que el TSJ sólo se limitó a dar cumplimiento al requerimiento del juez Amaru, cuando se esperaba que haga una revisión respecto a que si correspondía a un juzgado ordinario procesar a la expresidenta.
“El juicio de responsabilidades se encuentra en este momento en manos del juez de Instrucción Primero de la ciudad de El Alto (Amaru) y pues obviamente esto indicó ya una notificación, y la defensa está tomando acciones a seguir pues no puede ser de que se vulnere este derecho a realizar un recurso de apelación”, acotó el abogado.