EFECTOS DE LA LEY GENERAL DE LA COCA
Por: Carlos Böhrt I. |
El 8 de marzo de 2017 Evo Morales promulgó la Ley 906, conocida como Ley General de la Coca, legalizando con ella hasta 7.700 hectáreas de cultivos de coca en el trópico cochabambino, medida con la que favoreció a los agricultores representados por él. La antigua Ley 1.008, derogada por la nueva norma, clasificaba a las zonas en las que operan las seis federaciones de cocaleros dirigidas por Morales como “área excedentaria en transición”, sujeta a erradicación forzosa escalonada, dentro de un intervalo de tiempo determinado.
Este breve documento tiene la misión de visibilizar los efectos de esa Ley sobre la producción de hoja de coca y de cocaína. En el análisis se utilizan los datos oficiales que figuran en los informes anuales sobre “Monitoreo de cultivos de coca” elaborados y publicados por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC, sigla en inglés) y el Gobierno nacional. Lamentablemente, no existe en el país, o no se encuentra disponible, otra fuente de información independiente y confiable que permita contrastar los datos oficiales.
La metodología del análisis atraviesa por tres pasos: en el primero, utilizando la información de 2014 se identifican la demanda interna de hoja de coca1, los requerimientos para exportación, superficie cultivada con coca, producción de hoja de coca y la relación entre demanda y oferta, todo lo cual permite identificar los excedentes de la hoja de coca canalizados a la producción de droga2. En el segundo paso se visibiliza la cantidad de droga que se estaría produciendo con los excedentes de hoja de coca, y el tercer paso consistió en la aplicación de los criterios utilizados en los dos anteriores a las nuevas condiciones implantadas con la Ley General de la Coca.
I. PRODUCCIÓN DE COCA Y COCAÍNA EN 2014.
1. Demanda de hoja de coca. Según el cuestionado estudio gubernamental de 2013, la demanda agregada de hoja de coca en Bolivia sería la siguiente:
Mercado interno: 20.600 toneladas métricas (TM) de hoja de coca3
Ventas en frontera (exportaciones): 3.700 TM
Total: 24.300 TM
2. Superficie cultivada en:
Yungas de La Paz: 14.200 has.
1 2014 es el año base del estudio porque fue cuando se conocieron los resultados del estudio realizado por el gobierno en 2013. Este estudio se encuentra bajo fuerte sospecha de manipulación de cifras.
2 Los factores de conversión para el cálculo de la hoja de coca producida y de la producción potencial de cocaína fueron tomados del Informe de la UNODC sobre el “Monitoreo de Cultivos de Coca en Bolivia”.
3 Este dato fue tomado de las respuestas del Ministerio de Gobierno a la petición de informe escrito (PIE) 917/2015 – 2016 de la diputada Jimena Costa B; respuestas basadas en el estudio realizado por el gobierno en 2012 – 2013 sobre la demanda de la hoja de coca.
Norte de La Paz: 130 has.
Trópico Cochabamba: 6.100 has.
Áreas protegidas: 214 has.
Total: 20.644 has.
3. Producción de hoja de coca. Según el UNODC, la productividad anual promedio sería:
En los Yungas paceños: 1,31 TM por hectárea
En el norte de La Paz: 1,25 TM/ha
En el trópico de Cochabamba y áreas protegidas: 2,76 TM/ha
Con estos parámetros, la producción de hoja de coca en 2014 habría alcanzado a:
Yungas de La Paz: 14.200 x 1.31 = 18.602 TM
Norte de La Paz: 130 x 1.25 = 163 TM
Cochabamba y áreas protegidas 6.314 x 2.76 = 17.426 TM
Totales: 20.644 = 36.191 TM
4. Excedente de hoja de coca. El excedente es igual a la producción total menos la demanda agregada:
36.191 – 24.300 = 11.891 TM
5. Incautaciones de hoja de coca. El informe del UNODC registra las siguientes incautaciones de hoja de coca reportadas por la FELCN en 2014 (en cifras redondas):
Departamento de La Paz: 354 TM
Departamento de Cochabamba: 165 TM
Departamento de Oruro: 40 TM
Departamento de Santa Cruz: 18 TM
Resto de Departamentos: 5 TM
Total incautado: 582 TM
6. Hoja de coca disponible para fabricación de droga. La coca disponible para la producción de droga resulta de restar las incautaciones del excedente de hoja de coca:
11.891 – 582 = 11.309 TM
7. Producción potencial de droga en 2014. Estudios realizados en los años 90 indicaron que el factor de conversión de la coca en cocaína sería de 2,7 kg droga/TM coca.
11.309 x 2,7 = 30.534 kg, es decir 30,5 TM
8. Incautaciones de droga. La FELCN informó a la UNODC que en 2014 se incautaron:
Cocaína base: 18,2 TM
Clorhidrato: 4,1 TM
Total: 22,3 TM
9. Droga boliviana en circulación. La droga en circulación resulta de restar las incautaciones de droga de la producción potencial de droga:
Producción potencial: 30,5 TM Menos incautaciones: 22,3 TM Total: 8,2 TM
No debe olvidarse aquí que en 2014 regía la Ley 1008, que autorizaba la existencia de únicamente 12.000 has legales.
II. PRODUCCIÓN DE COCA Y COCAÍNA EN 2021.
Veamos ahora los efectos de la nueva Ley General de la Coca utilizando los datos de 2020 y aplicando el mismo razonamiento y los mismos parámetros de cálculo:
1. Superficie cultivada en:
Yungas de La Paz: 18.759 has
Norte de La Paz: 466 has
Trópico Cochabamba: 11.275 has
Total: 30.500 has
2. Producción de hoja de coca:
Yungas de La Paz: 18.759 x 1.31 = 24.574 TM
Norte de La Paz: 466 x 1.25 = 583 TM
Cochabamba 11.275 x 2.76 = 31.119 TM
Totales: 30.500 = 56.276 TM
3. Excedente de hoja de coca. Producción menos demanda agregada:
56.276 – 24.300 = 31.976 TM
4. Incautaciones de hoja de coca en 2021:
296 TM
5. Hoja de coca disponible para fabricación de droga.
31.976 – 296 = 31.680 TM
6. Producción potencial de droga en 2021.
31.680 x 2,7 = 85.536 kg = 85.5 TM
Vale decir, un incremento de 55.0 toneladas de droga respecto a 2014 (= 180% de aumento), año en el que se habrían producido 30.5 TM.
7. Incautaciones de droga en 2021
Cocaína base: 11,9 TM
Clorhidrato: 7,8 TM
Total: 19,7 TM
8. Droga boliviana en circulación.
Producción potencial de droga: 85.5 TM Menos incautaciones: 19.7 TM
Droga en circulación: 65.8 TM
Comparado este dato con el de 2014, la droga boliviana en circulación se habría incrementado en 57.6 TM adicionales, es decir un aumento de 702%, puesto que ese año habrían ingresado al mercado ilegal sólo 8.2 TM.
III. VALOR DE MERCADO DE LA DROGA BOLIVIANA EN CIRCULACIÓN EN 2021.
Diferentes fuentes estiman que el precio de la cocaína boliviana, puesta en la frontera con Brasil, Argentina o Chile sería de $US 2.500.- el kilogramo; precio que, por la reducción de oferta y restricciones ocasionadas por la pandemia del coronavirus, habría subido en los dos últimos años hasta $US 3.500/kg, consecuentemente el precio actual de la TM estaría entre
2.500.000 y 3.500.000 dólares americanos. Con este dato tendríamos que, en 2021, el valor de mercado de la droga boliviana en circulación, puesto en el mercado interno, fluctuaría entre:
65,8 TM x 2,5 MM = 164.500.000 dólares americanos – límite inferior 65,8 TM x 3,5 MM = 230.300.000 dólares americanos – límite superior
CONCLUSIONES: Quedan así demostrados los siguientes puntos:
1. Los mayores beneficiarios de la Ley General de la Coca fueron los agricultores de la coca del trópico cochabambino, es decir, las bases sindicales de Evo Morales.
2. Secuela de la orientación pro trópico cochabambino de la Ley 906, se registra también expansión de cultivos de coca en los Yungas de La Paz.
3. El efecto directo de la Ley General de la Coca fue el incremento de la producción de cocaína en el país, con una tendencia expansiva permanente, lo que, a su vez, viene generando aumento en la violencia delincuencial y social, disminución de la seguridad ciudadana y crecimiento del consumo interno de drogas.
4. Al ser Evo Morales el máximo dirigente de los beneficiarios de la Ley General de la Coca, su promulgación y aplicación fueron fruto de un conflicto de intereses en la Presidencia del Estado, no esclarecido, ni debatido en el país.
5. La millonaria cantidad de dinero generada por el narcotráfico para todos quienes están involucrados en la cadena coca – cocaína es el trasfondo que da sustento a las sospechas de vínculos entre actores políticos y narcotraficantes, así como permite entender por qué altos oficiales de los organismos de seguridad del Estado están siendo sorprendidos y condenados por involucrarse en el tráfico de drogas.