El exministro de Minería, César Navarro envió a la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) el 6 de septiembre de 2019, un anteproyecto de ley para que la Empresa Minera Alcira Sociedad Anónima “Alcira S.A” pague un canon de arrendamiento de tan solo el 4% sobre el valor bruto de venta de los minerales obtenidos en áreas de contrato y comercialización; es decir, igual o peor que en el periodo neoliberal.
La minera Alcira negó cualquier vínculo de sociedad con el exministro de Minería, César Navarro, tal como aseguró el actual ministro de Minería y Metalurgia, Carlos Fernando Huallpa a ANF. La subsidiaria de la canadiense New Pacific Metals Corp dijo cotizar en las Bolsas de Valores de Canadá y Estados Unidos y estar sujeta a rigurosos estándares internacionales de ética y transparencia.
Sin embargo, Navarro planteó la aprobación del contrato de producción minera DGAJ-CTTO PROD MIN 0007/2019 del 19 de agosto de 2019 para el “desarrollo de actividades y trabajos mineros de exploración, prospección, explotación, beneficio, concentración, fundición, refinación, industrialización y comercialización de minerales por el actor productivo dentro de las 29 áreas mineras ubicadas en el Distrito Minero de Colavi-Canutillos, Machacamarca, provincia Camelio Saavedra de Potosí”.
En su propuesta, Navarro planteó que sí hay resultados económicamente favorables durante la etapa de exploración y procesamiento de minerales, la Empresa Minera Alcira SA pagará a la Corporación Minera de Bolivia (Comibol) como participación económica el 4% sobre el valor bruto de venta de los minerales obtenidos en las áreas de contrato y comercializados por la Minera Alcira.
En la primera etapa de exploración consistente de cinco años, se establece que la minera otorgará a la Comibol una participación económica de $us 10.000 en forma mensual.
De acuerdo al análisis de personeros de la anterior administración minera, el contrato minero tal cual se establece en el contrato entre “ALCIRA S.A.” y Comibol, no es sino un arrendamiento minero con un canon de 4%, igual o peor a los contratos suscritos en el neoliberalismo.
Se pone de ejemplo que el contrato con Manquiri es de 4% sobre el valor bruto de venta, en el caso de Porco y Colquiri en una tabla empírica que combina la producción y los precios internacionales el canon de arrendamiento fluctúa entre 3% y 8%.
Lo que parece incompatible, según los entrevistados, es que se fije un canon de arrendamiento sin contar con la evaluación del yacimiento de propiedad de Comibol, y sin haber determinado la inversión de la contraparte.
La Ley de Minería establece que el dueño de un yacimiento minero es el que debe tener una mayor ganancia en el negocio. El contrato de asociación establece una ganancia de 55% para la Comibol que pone el yacimiento y el socio hace la inversión.
El contrato establece que la explotación es de material primario, es decir, que se exportará concentrados. No otra cosa significa que el costo de la fundición será 40% del costo, superior a la operación en la mina. Es decir, la ganancia la tendrán las fundidoras, transportadoras y aseguradoras.
La explotación de los recursos naturales se justifica según la Constitución Política del Estado, si se le dará valor agregado a través de la fundición y la industrialización.
En el caso concreto del contrato con la minera Alcira SA no se especifica qué minerales se explotarán, sin embargo, en el informe técnico se hace referencia que se producirá plata metálica, pero el yacimiento es polimetálico y más allá de tener como minerales principales a la plata, plomo y zinc, tiene como acompañantes estaño, indio, galio, cadmio, entre otros. No se dice si estos minerales van a ser recuperados.
También se observa que la Comibol, dueña del yacimiento, es un agente pasivo en la explotación pues no hay fiscalización en ninguna de las etapas, ni mucho menos esperará una transferencia tecnológica debido a su condición de arrendataria posterga su capacidad productiva.
Los resultados de este proyecto recién se concretarían en 10 años, es decir en la gestión gubernamental de 2025-30. Por tanto, parece no ser prioritario.
JMC