La medida deroga el requisito de tarjetas de control específicas y busca agilizar el abastecimiento de combustible en medio de la emergencia económica, financiera, energética y social declarada por el Gobierno del presidente Rodrigo Paz.
Vía: Eju.tv |
El Ministerio de Hidrocarburos y Energías emitió hoy (29) la Resolución Ministerial 212-2025, mediante la cual autoriza, de manera temporal y excepcional, que la comercialización de diésel a Usuarios Directos en estaciones de servicio se realice únicamente con la presentación de la cédula de identidad u otro documento válido que determine la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH). La medida deroga el requisito de tarjetas de control específicas y busca agilizar el abastecimiento de combustible en medio de la emergencia económica, financiera, energética y social declarada por el Gobierno del presidente Rodrigo Paz.
Esta decisión constituye una modificación expresa a la Resolución Ministerial 207-2025, promulgada apenas diez días antes, y se enmarca directamente en la aplicación del Decreto Supremo 5503 del 17 de diciembre. Dicho decreto, que declara el estado de emergencia nacional, ordena a instituciones como la ANH ajustar sus procedimientos en un plazo máximo de cinco días hábiles y elimina «toda exigencia vinculada al control del diésel como sustancia controlada» para garantizar el abastecimiento continuo.
La fundamentación técnica de la cartera de Estado, contenida en su informe sostiene que la suspensión de los mecanismos de control previos, como las tarjetas para productores agropecuarios, responde a la necesidad de alinear la política energética con el nuevo marco normativo de emergencia. El objetivo declarado es evitar el desvío de combustibles subsidiados, fortalecer la transparencia en la distribución, consolidar la sostenibilidad fiscal y asegurar que los recursos se destinen al desarrollo productivo.
La ejecución y cumplimiento de la disposición recae sobre Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) y la ANH, quienes deberán operativizar la venta simplificada en las estaciones de servicio a nivel nacional. La resolución mantiene vigentes todas las demás disposiciones de la norma anterior no modificadas y ha sido declarada jurídicamente viable por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del ministerio.
La publicación oficial de la resolución en el portal web del Ministerio de Hidrocarburos y Energías se realizará a través de la Dirección General de Asuntos Administrativos que dará paso a la implementación inmediata de esta flexibilización, que relaja los controles en un momento de extrema sensibilidad por la escasez de combustibles y dólares en el país.
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