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ESTOS SON LOS QUE DESTRUYEN LA NACIÓN

Entre el 1 y 14 de noviembre, los magistrados autoprorrogados del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) Gonzalo Hurtado y René Yván Espada que obtuvieron menos de 30.000 votos en las elecciones judiciales de 2017 emitieron una seguidilla de cuatro sentencias de alta connotación política y de interés gubernamental

Vía: ANF | 

El diputado de Comunidad Ciudadana (CC) Enrique Urquidi consideró que ambos magistrados son el reflejo de la decadencia del sistema judicial porque están vulnerando la Constitución Política del Estado. Además, que actúan para blindar el débil gobierno de Luis Arce.

*Porlo tanto, tenemos a personajes como Espada y Hurtado que son el mejor reñejo de la crisis que vive el sistema judicial. Son parte de estos jueces que están para cumplir mandatos de orden político o devolver favores políticos y para apuntalar una gobernabilidad: frágil circunstancial al gobiemo de Luis Arce, esa es la tarea de Hurtado y de Espada”, afirmó.

Este jueves, la Sala Cuarta del TCP compuesta por Espada y Hurtado emitió la sentencia constitucional 0776/2024 que reconoce el “congreso” del Movimiento al Socialismo (MAS) arcista que se realizó en mayo de este año, en El Alto, evento en el que Grover García fue electo como presidente de ese partido.

No obstante, ese “congreso” no fue convocado por la dirección nacional del MAS reconocida por el Tribunal Supremo Electoral, es más este organismo observó el incumplimiento de varios requisitos en ese evento político. 


Menos de 30.000 votos

De acuerdo a la información del Tribunal Supremo Electoral (TSE), ambos magistrados autoprorrogados obtuvieron menos de 30.000 votos en las elecciones judiciales que se desarrollaron el 3 de diciembre de 2017, proceso en el que se eligió a 26 autoridades titulares, la misma cantidad de suplentes, del Órgano Judicial y del TCP

¡Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano, magistrado del TCP por el departamento del Beni, obtuvo 29.104 votos de un total de 240.509 ciudadanos habilitados para sufragar en esa región. en esa oportunidad, se emitieron 185.073 votos; 59.611 votos válidos; 33.214 votos blancos y 92.24 votos nulos, es decir que en ese departamento los votos nulos y blancos ganaron.

Mientras que, René Yván Espada Navia magistrado del TCP por el departamento de Pando, obtuvo 8.646 votos de un total de 67.061 personas habilitadas para participar en los comicios. Esa ocasión sufragaron 50.174 electores, 21.977 votos válidos; 7.516 votos blancos y 20.681 votos nulos, igual se impusieron los blancos y nulos.


Al respecto, Urquidi dijo que ambos magistrados y otras autoridades del Órgano Judicial son producto de un sistema judicial que perdió la credibilidad e institucionalidad, hecho que se reflejó en las umas cuando se impusieron los votos nulos y blancos.

“Hurtado y Espada, al igual que otros magistrados, son producto de un sistema podrido, quebrado, de un sistema judicial desacreditado que ha perdido institucionalidad, credibilidad y confianza. El resultado de todo eso es que estos señores han sido elegidos por una minoría, donde los votos blancos y nulos son los que se han impuestos. Esa fue una señal clara del descredito, de la falta de confianza que tiene esta justicia podrida", manifestó.

Ambos magistrados que son parte del grupo de altas autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional que se prorrogaron en su mandato, pese a que su periodo constitucional fenecía en diciembre de 2023. Fueron elegidos por los dos tercios del Movimiento al Socialismo en la Asamblea Legislativa Plurinacional, en medio de cuestionamientos a la falta de 'meritocracia de muchos de los candidatos.

¡de cuatro sentencias en dos semanas!

El 4 de noviembre, ambos autoprorrogados dictaron la sentencia 0770/2024:54 en la que se ratificó la decisión de la Sala Constitucional Primera de Beni y declaró desierta la convocatoria a las elecciones de magistrados para el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en Beni y Pando; mientras que para el TCP fue en Pando, Cochabamba, Santa Cruz, Beni y Tarija

El miércoles (13.11.2024), los mismos magistrados emitieron el auto constitucional 0084/2024-ECA en el que confirmaron el fondo de la sentencia anteriormente descrita. El documento fue en respuesta al recurso de complementación y enmienda que envió el TSE solicitando que se amplié la fundamentación de por qué no se tomó en cuenta el principio de preclusión, además de otros elementos.

El 1 de noviembre emitieron el auto constitucional 0083/2024-ECA con el que confirmó la sentencia 1010/2023 en el que dispone que las autoridades electas del Órgano Judicial, Ejecutivo y Legislativo pueden ejercer ese cargo únicamente por dos periodos ya sea de torma continua o discontinua, sin la posibilidad de una tercera ampliación.

Los magistrados incorporaron en su fallo la “discontinuidad”, pese a que este tema no está señalado en la Carta Magna. Ese dictamen cierra la puerta para que el expresidente Evo Morales pueda postularse en las elecciones presidenciales de 2025.

Y la cuarta sentencia 0776/2024 de perfil político, es la que emitió este jueves respecto al reconocimiento del “congreso” del MAS arcista y sus resoluciones.

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ESTOS SON LOS QUE DESTRUYEN LA NACIÓN
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