El abogado adelantó que presentarán una apelación a la detención preventiva del excívico, donde se expondrán todas las observaciones e irregularidades que se cometieron en su contra.
Vía: ANF |
Después de 45 días de estar hospitalizado, el exlíder cívico de Puerto Quijarro Jaime Algarañaz fue enviado a la cárcel con detención preventiva por 180 días, acusado por la muerte de Julio Pablo Taborga durante el paro en Santa Cruz. La defensa denunció que su aprehensión fue ilegal porque se vulneró el debido proceso.
“Se informa al pueblo boliviano que el juez dispuso la detención preventiva por seis meses en el penal de Puerto Suárez del señor Jaime Algarañaz Dorado, excívico de Puerto Quijarro, involucrado en el fallecimiento de Pablo Taborga el primer día del paro cívico en Santa Cruz”, escribió en sus redes sociales el ministro de Gobierno, Eduardo Del Castillo.
Al respecto, el abogado de la Asamblea Permanente de Derechos Humanos de Bolivia (APDHB) Jorge Valda cuestionó esa decisión y aseguró que se vulneró el debido proceso al mantener vigente un mandamiento de aprehensión por más de un mes.
“Hemos presentado cinco acciones constitucionales, en todos ellos se ha ratificado que no existe un mandamiento de aprehensión por tiempo indefinido, pero al conocer de la alta médica llegaron cinco policías para trasladarlo y secuestrarlo. No se puede hacer creer que existe un mandamiento de aprehensión por tiempo indefinido, por tanto, este proceso es irregular”, afirmó el jurista a la ANF.
El pasado jueves, luego de un mes y medio de estar hospitalizado el dirigente fue dado de alta e inmediatamente fue trasladado hasta dependencias de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC).
El excívico fue aprehendido el 23 de octubre junto a Rubén Flores Guevara y Samuel Rojas Medina, tras ser acusados del supuesto homicidio de Julio Pablo Taborga, durante los enfrentamientos en el primer día de paro indefinido por el censo.
En ese contexto, Algarañaz no fue cautelado debido a su delicado estado de salud que le impidió declarar sobre su participación. El 3 de noviembre, desde el hospital San Juan de Dios, se abstuvo a declarar y el fiscal Luis Alba ordenó su libertad pura y simple, dejando sin efecto la orden de aprehensión en su contra.
Al respecto, Valda explicó que de acuerdo Código de Procedimiento Penal, el mandamiento de aprehensión tiene una vigencia de 24 horas cuando este ya fue ejecutado y puesto en conocimiento de la autoridad jurisdiccional. Además, resaltó que el fiscal del caso dejó sin efecto el apremio.
“El mandamiento de aprehensión tiene un máximo de 24 horas una vez ejecutado, si la persona no fue puesta en conocimiento de la autoridad jurisdiccional debe ser puesto en libertad, no puede permanecer un dictamen de apremio por 45 días”, insistió.
El abogado adelantó que presentarán una apelación a la detención preventiva del excívico, donde se expondrán todas las observaciones e irregularidades que se cometieron en su contra. Advirtió que estos procesos son una forma de amedrentar a aquellos que formaron parte de la medida de presión.
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