Por: Amalia Pando |
Actualizado 5 de mayo
Por unos días se postergó la lectura de la sentencia contra Jeanine Añez por un recurso presentado por la defensa ante el Tribunal Constitucional.
De 12 a 15 años de prisión será la condena para la expresidente constitucional Jeanine Añez y dos militares, Flavio Arce, ex Jefe de Estado Mayor y Pastor Medina, excomandante del Ejército.
Una condena anunciada al inicio de este juicio que fue tan corto que resultó sumario y que lo único que probó es que vivimos en dictadura.
UN TRIBUNAL SIN COMPETENCIA
El Tribunal Primero de Sentencia Anticorrupción, presidido por Germán Ramos, fue designado por el gobierno de Luis Arce Catacora para castigar y no para impartir justicia.
Un Tribunal que usurpó las funciones del Tribunal Supremo de Justicia, el único órgano encargado de procesar a una ex mandataria en un juicio de responsabilidades, previamente aprobado por 2/3 de la Asamblea Legislativa.
Los acusados no tuvieron derecho al debido proceso, que es solo posible en libertad y en un juicio de responsabilidades.
SIN DERECHO A LA DEFENSA
No hubo derecho a la defensa. Este tribunal especial excluyó 35 pruebas de las 41 presentadas por los abogados de Jeanine Añez. Estas pruebas demostraban que hubo un monumental fraude electoral, que Evo Morales había renunciado, huido y abandonando sus funciones al igual que el vicepresidente García Linera y los presidentes y primeros vicepresidentes de las cámaras de senadores y diputados, y que el MAS había desatado una feroz violencia en las calles de El alto y en la sede del gobierno.
Ninguno de todos estos acontecimientos fueron tomados en cuenta por este tribunal que en opinión del abogado de la defensa, Luis Guillén “actuó de oficio, escogió los hechos que decidieron juzgar y no consideró el antes y el después de los hechos que ocurrieron el 10 y 12 de noviembre de 2019”.
DOCUMENTOS CLAVES EXCLUIDOS
Entre los documentos excluidos figura el comunicado del Tribunal Constitucional del 12 de noviembre que avala la sucesión constitucional y la Memoria de la Conferencia Episcopal sobre las reuniones se cumplieron en la Universidad Católica.
Lo mismo ocurrió con las pruebas presentadas por el almirante Gustavo Arce y el general Pastor Mendieta quienes se sometieron a este juicio con la intención de probar su inocencia. No los dejaron. Los jueces ni siquiera aceptaron citar como testigos a Evo Morales y Álvaro García Linera, causantes de la crisis y del vacío de poder que condujo a Jeanine Añez a la presidencia del Estado por sucesión constitucional.
Otros dos militares, los excomandantes de la Fuerza Aérea, Gonzalo Terceros y de la Armada, Palmiro Jarjury, se declararon culpables en febrero de este año y les dieron la sentencia mínima de tres años, pero tuvieron que declararse culpables.
ILEGAL JUICIO EN REBELDÍA
EL 11 de marzo de 2021 el Tribunal Constitucional emitió sentencia sobre la demanda de la diputada Norma Piérola sobre los juicios en rebeldía. En ella se establece que sin la presencia del acusado no procede un juicio en rebeldía porque atentaría al sagrado derecho a la defensa.
A pesar de esta sentencia, tres militares y un policía, declarados en rebeldía, están incluidos en la lista de los condenados en el caso Golpe de Estado II.
Se trata de los ex Comandantes de las FF. AA Williams Kaliman y Sergio Orellana, del ex inspector general Jorge Toranzos, y del excomandante de la Policía, Yuri Calderón.
Para proceder a este juzgamiento ilegal, el Tribunal Constitucional hizo desaparecer la sentencia del 2021. Sin embargo, Norma Piérola guarda una copia de la misma, que constituye una prueba de la ilegalidad e injusticia que a instancias del gobierno están cometiendo los tribunales de Sentencia y Constitucional.
SE ACOBARDARON
Jeanine Añez tampoco contó con el testimonio de testigos importantes que por temor a ser involucrados no comparecieron a declarar. Entre ellos, Oscar Ortiz, Rose Marie Sandoval y Eliane Capobianco cuya actitud fue calificada por la familia como un acto de deslealtad. Ortiz aclaró que estaba dispuesto a declarar, pero había solicitado que sea por la vía virtual.
Lo concreto es que Jeanine Añez y sus hijos nunca estuvieron tan solos.
POSTERGACIÓN DE LO INEVITABLE
EL abogado Guillén anunció que había presentado un recurso de inconstitucionalidad contra los delitos por los que Añez es enjuiciada y pidió al Tribunal Anticorrupción no emitir sentencia mientras no se conozca el fallo del Tribunal Constitucional.
El fiscal Omar Mejillones declaró que la última audiencia del caso Golpe de Estado II, prevista para este 4 de mayo, se postergó hasta que el TCP se pronuncie sobre el último recurso. Después se procederá a la lectura de la sentencia que ya está redactada.
SUCESIÓN IPSO FACTO
Jeanine Añez será condenada por asumir la presidencia del Estado por sucesión constitucional. La acusación fue presentada por Andrónico Rodríguez, actual presidente del Senado y representante de los cocaleros de Evo Morales. La acusación del MAS dice que Jeanine Añez incumplió el reglamento para la elección del presidente del Senado y en consecuencia asumió de modo ilegal la presidencia del Estado en una sesión sin cuórum.
Está acusación no tiene sustento legal puesto que no se trataba de un presidente que esperaba sentado en un sillón del Palacio de Gobierno que el Congreso considere su renuncia, en una sesión con el debido cuórum y de acuerdo a los reglamentos, como ocurrió cuando renunciaron Hugo Banzer en 2001 y Carlos Mesa en 2005.
No, el 12 de noviembre de 2019 se vivía el tercer día de vacío de poder, el presidente del Estado había huido a México, todos los ministros habían renunciado y también se habían dado a la fuga o metido en embajadas, y el Congreso estaba cerrado, los presidentes y primeros vicepresidentes de ambas cámaras habían renunciado públicamente y el MAS promovía la renuncia colectiva de toda su bancada.
Para estos casos la Constitución prevé la sucesión constitucional IPSO FACTO, en el acto, inmediatamente, a quién le corresponda y si mayor protocolo. Le correspondió a Jeanine, la única que quedaba en la directiva del Senado. La Constitución no permite que el país corra el riesgo de naufragar en un vacío de poder, preámbulo de una guerra civil. Por eso cierra el paso a este peligro, causado por el abandono de funciones de un Presidente, y ordena la sucesión constitucional ipso facto, sin demora, sin necesidad de sesión congresal. ni de cuórum ni juramento.
La sentencia contra Jeanine Añez es ilegal porque castiga delitos inexistentes y porque su juzgamiento estuvo a cargo de un tribunal sin competencia.
Sobre la sucesión constitucional ipso facto recomendamos la lectura del artículo de Franz Barrios.
¿QUÉ ES LO QUE IMPULSA AL MINISTRO LIMA A ESTROPEAR EL SENTIDO COMÚN?
http://www.cabildeodigital.com/2021/09/que-es-lo-que-impulsa-al-ministro-lima_15.html