Debido a que no se permitió a Evo Morales ser candidato senador en 2020, el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declaró como inconstitucional su inhabilitación y señaló que se lo debe indemnizar económicamente.
En septiembre de 2020, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) rechazó la candidatura a Senador por el Movimiento al Socialismo (MAS) de Evo Morales argumentando que el exmandatario no cumplía con el requisito constitucional de la residencia permanente, pues había recibido asilo político en México y luego refugio en Argentina casi un año antes.
Después, un tribunal paceño de justicia negó el recurso de apelación de Morales, por lo que el exmandatario acudió al TCP, a través de su abogado y actual procurador, Wilfredo Chávez, con el argumento de que se vulneraron sus “derechos fundamentales y garantías constitucionales”, al dejarlo fuera de la contienda electoral.
En ese sentido, el TCP falló que no correspondía la inhabilitación de Morales ya que el exmandatario, el 2020, tenía la condición de refugiado político, y además ordena la indemnización económica por daños civiles y judiciales. El monto deberá definirse por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia.