La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, luego de varios años de análisis, ha resuelto que no existe un derecho a la reelección indefinida y que al contrario, los periodos largos de gobierno ponen en riesgo las apreciadas democracias.
Un mandato extenso en el tiempo "pone en riesgo la democracia representativa... pues genera una mayor concentración de poder y riesgo de abuso del mismo" según el articulo 105 de los dictámenes emanados por la CIDH.
Cabe recordar que la opinión emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos provoca ajustes en resoluciones constitucionales de los países de la región, pero particularmente en las naciones que levantaron los límites legales para esos mandatos. Bolivia es signataria de la OEA y de la Convención Americana de Derechos Humanos desde su fundación en 1979.
El 18 de octubre de 2019 Colombia solicitó a la Corte IDH que emitiera una opinión consultiva respecto de la figura de reelección presidencial indefinida en el contexto del Sistema Interamericano de Derechos Humanos.
Esta opinión es parte del informe que los comisionados presentaron en julio de 2020 a la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), que deliberó el fallo de la opinión consultiva sobre la reelección indefinida.
La Comisión también observó que la “reelección presidencial indefinida” contradice lo establecido en la Convención Americana y, en ese marco, recomendó que “resulta imperativa la restricción” de este procedimiento “con los objetivos de salvaguardar los valores intrínsecos a la democracia representativa y el respeto y garantía de los derechos humanos”.