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LA INACEPTABLE SUSTITUCIÓN DEL ESCUDO DE BOLIVIA

Por: Carlos D. Mesa Gisbert | 

Somos herederos, somos hijos, hemos sido nombrados, pertenecemos a un lugar y compartimos una comunidad. Esa noción de ser y estar, se hace profunda en el momento en que un nombre nos abarca porque al escucharlo nos sentimos llamados, identificados. Desde tiempos inmemoriales los seres humanos se reconocen entre sí porque aquello que les es común, además de un nombre, está marcado por símbolos, los que definen la identidad individual y colectiva. En nuestros días en las naciones del mundo, los dos símbolos más importantes de esa identidad son la Bandera y el Escudo. 


UN  ESCUDO, MUCHAS CONSTITUCIONES 

El 6 de agosto de 1825 nació una comunidad nacional con el denominativo de Bolivia, como todas las que le precedieron y le siguieron se identificó con el citado apelativo y escogió los símbolos que representarían su existencia. 



Fue nuestra Asamblea Fundadora la que el 17 de agosto de 1825  (11 días después de la fundación del país) creó la Bandera y el Escudo. A partir de entonces se aprobaron las normas de 23 de julio de 1826, 5 de noviembre de 1851, 27 de junio de 1854, 14 de julio de 1888, 10 de noviembre de 1861, 21 de julio de 2004, 5 de agosto de 2009 y 22 de enero de 2020. En todos los casos citados se establecieron modificaciones, complementaciones o precisiones en torno a la Bandera y/o al Escudo nacionales. Pero ninguna de ellas indica o contiene disposiciones que creen opciones distintas con imágenes, símbolos o emblemas  que sean alternativos o sustitutivos de la Bandera y el Escudo.




La primera Constitución que ha incorporado los símbolos nacionales en su texto ha sido precisamente la de 2009. Para que no quede duda de su importancia los incluye en la Primera Parte, en su Título I, Bases Fundamentales del Estado, Artículo 6 Parágrafo II Símbolos del Estado: la Bandera tricolor, la Wiphala, el Escudo de Armas, el Himno, la flor de la Kantuta y la flor del Patujú. 

Debe subrayarse que si se quiere cambiar en todo o en parte las Bases Fundamentales (dentro de las que están los símbolos patrios), como lo establece claramente el art. 411 de la CPE, no basta con una reforma parcial a cargo de la Asamblea Legislativa, es imperativo hacerlo a través de una Asamblea Constituyente.


UN DECRETO POR ENCIMA DE LA CONSTITUCIÓN 



El Decreto 4445 de 13 de enero de 2021 aprobado por Luis Arce, en el que se instituye la “imagen gobierno”, podría pasar como una “norma inocente” con el objetivo de establecer una identidad específica de la actual administración, pero ocurre que ésta nueva imagen es obligatoria en todas las reparticiones del Poder Ejecutivo, tanto en Bolivia como en el exterior y, lo que es más grave, ocurre que en los hechos esa “imagen gobierno” como indica claramente su manual de identidad, esta indisolublemente ligada al término Estado Plurinacional de Bolivia, que no es exclusivo del Poder Ejecutivo sino que abarca al conjunto del Estado, es decir a la identidad de toda la Nación. Dicho manual no coloca la nueva imagen junto al termino Gobierno de Bolivia, sino, en todas sus ejemplificaciones visuales, junto al término Estado Plurinacional de Bolivia.

En los hechos, no en las palabras, el Escudo Nacional ha sido sustituido por el nuevo símbolo en reparticiones estatales dentro y fuera de nuestro territorio. Las justificaciones o explicaciones sobran cuando el propio Presidente ha cambiado el Escudo patrio por la “imagen gobierno” en sus oficinas y en su correspondencia oficial.


EL DECRETO DE EVO MORALES 

Irónicamente, Arce contraviene el decreto 241 de 5 de agosto de 2009, firmado por Evo Morales que indica:

“Que los Símbolos del Estado reflejan la cultura, el patrimonio y el orgullo de Bolivia, son la más elevada y permanente representación de nuestra diversidad plurinacional y se constituye en valores supremos de integración y soberanía en el proceso de formación de una identidad común en la todas las bolivianas y bolivianos se sientan parte de la misma comunidad superando sus divergencias.

Que la reverencia y enaltecimiento que los Símbolos del Estado merecen por presentar a la plurinacionalidad boliviana, requieren de una norma que garantice su uso uniforme, cívico y respetuoso”.

Argumentos que desmienten la “necesidad” de un nuevo símbolo que exprese unidad, inclusión y mirada plural, pues estos elementos ya están incorporados en los símbolos patrios. Además el citado DS 241 que está vigente indica: 


“Artículo 25°.- (Generalidades de uso) 

I. La representación del Escudo de Armas se colocará de forma destacada en todas las instituciones públicas, autónomas, autárquicas, descentralizadas, aeropuertos, puertos, terminales, y sedes de las representaciones diplomáticas y consulares.

II. Las universidades, las unidades educativas y otros centros de formación deben presentar en un lugar de honor el Escudo de Armas de Bolivia.

III. Los sello del Estado Plurinacional de Bolivia llevará el Escudo de Armas.

Artículo 26°.- (Uso en papelería y tarjetas personales) 

I. El escudo de Armas será utilizado de forma exclusiva en la papelería de entidades públicas oficiales, timbres, fiscales, bonos, billetes, moneda, cédula de identidad, pasaportes, libretas, títulos, certificados, valores, caratulas y otras emisiones oficiales del estado, en representaciones en colores o en blanco y negro.

II. El respectivo documento debe llevar en la parte superior, al centro, el escudo de Armas y debajo del Escudo, en letras mayúsculas la inscripción: "ESTADO PLURINACIONAL BOLIVIA"…”


POR NINGÚN MOTIVO 

Queda claro que por ninguna razón, motivo o circunstancia se puede sustituir el Escudo Nacional por ningún otro símbolo y menos aún colocar ese símbolo alternativo encima del nombre oficial del país.





El subterfugio formal no engaña a nadie. El gobierno de Arce, a título de una  “imagen gobierno” está imponiendo un nuevo símbolo vulnerando los artículos 6º, II (que detalla cuales son los símbolos patrios) y el 108,13 de la CPE que obliga a  las bolivianas y bolivianos a “…respetar sus SÍMBOLOS y valores”.


NO NOS TOMEN POR TONTOS

El objetivo es claro. Igual que cuando Morales declaró feriado nacional el día de su asunción al mando y Arce declaró día de la democracia el día de su asunción al mando, menoscabando el uno el 6 de agosto de 1825 y el otro el 10 de octubre de 1982, ahora “pasito a pasito” se va eliminando el Escudo Patrio.

El falso debate no es otro que pretender que aquí se tiene que escoger entre el Escudo de Bolivia y la Chakana (símbolo inmemorial del mundo andino, cruz escalonada, escalera y puente entre los mundos de arriba y de abajo, y eje de la cosmovisión indígena y su interpretación de la infinitud). El respeto por ese referente de nuestras culturas ancestrales no está en cuestión. Simplemente se da el hecho de que tal emblema no es uno de los símbolos nacionales y que ni este ni ningún otro, pueden sustituir ni parcial ni totalmente al Escudo de la Nación Boliviana. 

No nos tomen por tontos. El DS 4445 viola la Constitución y ultraja nuestro Escudo Nacional.



Carlos Mesa D. Gisbert, expresidente de Bolivia, periodista y máximo dirigente de Comunidad Ciudadana.


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CABILDEO DIGITAL: LA INACEPTABLE SUSTITUCIÓN DEL ESCUDO DE BOLIVIA
LA INACEPTABLE SUSTITUCIÓN DEL ESCUDO DE BOLIVIA
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