Por: Jenny Ybarnegaray Ortiz |
Durante los pasados tres meses, desde que se instaló el gobierno de Arce Catacora, salvo comentarios puntuales en las redes sociales respecto de temas demasiado estridentes, como el consejo del presidente, de que la población “aguante” la pandemia (hasta que lleguen las vacunas), me he abstenido de escribir siquiera una nota de más de un párrafo. Pero, las recientes declaraciones del ministro Iván Lima, referidas a modificaciones previstas a la Ley 348, en el marco de la reforma judicial que viene pensando un grupo de juristas “calificados”, han logrado sacarme de mi ostracismo. En una entrevista realizada el 4 de febrero, en el canal Gigavisión, programa “Detrás de la Verdad”, el ministro ha dicho varias cosas que han encendido las alarmas del movimiento de mujeres (https://fb.watch/3tk699TbnG/).
De la ley 1674 a la ley 348
En primer lugar, ha señalado que, tratándose de casos de violencia hacia las mujeres, el “gran avance” que proponen es “dar la palabra a la víctima, que ella decida si va por la vía penal o por la vía familiar”. ¿Cuál es el avance? Ese no es avance alguno, es un retroceso inaceptable. Llegar a reconocer la gravedad y los extremos de la violencia hacia las mujeres, nos llevó casi dos décadas, avanzar de la Ley 1674 (15/12/1995) a la Ley 348 (09/03/2013) fue un logro de la lucha de las mujeres y ninguna concesión gratuita del Estado.
En la Ley 1674, el bien protegido por el Estado es, al fin de cuentas, LA FAMILIA; aunque no lo admita explícitamente, el espíritu de esta norma es que, no importa en qué condiciones, la mujer tiene que ser capaz de aguantar, perdonar, conciliar con tal de mantener el núcleo familiar “unido”.
Art. 2. (BIENES PROTEGIDOS). Los bienes jurídicamente protegidos por la presente ley son la integridad física, psicológica, moral y sexual de cada uno de los integrantes del núcleo familiar.
En cambio, en la Ley 348, el bien protegido por el Estado es la vida de LAS MUJERES.
Art. 2. (OBJETO Y FINALIDAD). La presente Ley tiene por objeto establecer mecanismos, medidas y políticas integrales de prevención, atención, protección y reparación a las mujeres en situación de violencia, así como la persecución y sanción a los agresores, con el fin de garantizar a las mujeres una vida digna y el ejercicio pleno de sus derechos para Vivir Bien.
Es evidente que el señor Lima no tiene la menor idea de lo que significa la violencia hacia las mujeres, de las aterradoras condiciones en las que pueden encontrarse quienes sufren violencia, de la coacción de los victimarios y aun de los entornos familiares que las presionan para preservar el núcleo familiar en el que viven la agonía del maltrato cotidiano, hasta llegar al feminicidio.
El ministro Lima ¿acaso no sabe que por “usos y costumbres” las familias suelen negociar la violación de sus hijas con los agresores haciéndose pagar con una oveja o, peor aún, casándolas con ellos? ¿Qué decisión propia puede tener una niña, adolescente o mujer para conseguir que se le haga justicia, cuando su cuerpo no le es propio sino que pertenece a su “señor” padre, concubino o esposo, o a cualquier malandro que lo toma con violencia, porque se cree en su derecho?
¿Y qué pasaría en los casos de feminicidio, cuando las víctimas ya no tienen poder alguno de decisión? ¿Acaso sus familiares podrían decidir por ellas la vía judicial en la que se debiera dirimir el crimen? Supongo que no, pero escuchadas las declaraciones del ministro, parece que ni siquiera lo tiene en cuenta.
En el pasado he tenido acaloradas discusiones con un abogado, ahora diputado de la oposición, que defendía a rajatabla su posición de eliminar la figura penal del feminicidio porque, según él (y la doctrina del derecho), “todos somos iguales ante la ley”, como si fuese verdad, sin siquiera considerar los hechos y las cifras que todos los días nos colocan en posición de alerta, indignación e impotencia frente al horror que ello significa. La inclusión de la figura penal del feminicidio ha resultado de décadas de investigación y evidencias acerca de cómo opera la justicia en los casos de las mujeres asesinadas, a cuyos agresores se solía hacer pagar con apenas ocho años de cárcel por cometer “homicidio por emoción violenta”. De no mediar la Ley 348, hoy no sabríamos que anualmente más de una centena de hombres asesinan a “sus” mujeres en este país, la tipificación del delito ha ayudado a poner en evidencia este “genocidio por goteo”.
“Cambio de paradigma” inconstitucional
En segundo lugar, ha dicho “el Estado no es el padrastro ni el tutor de la mujer que sufre violencia”. Cualquier Estado que se respeta es, por definición, GARANTE DE DERECHOS. Si el Estado renuncia a esa condición deja de ser Estado, entonces ¿en qué deviene? Las mujeres no necesitamos tutores ni padrastros, como ciudadanas de pleno derecho exigimos que el Estado nos proteja, de lo contrario ¿qué esperan estos “notables” jurisconsultos? ¿Qué tomemos la ley por mano propia?
Bueno, pero tampoco hay que hablar en plural, porque él mismo se ha referido a ello a título personal, ha dicho “lo que YO propongo”, supuestamente atenido a “la corriente en la región” y ha defendido su posición como “cambio de paradigma”.
Para información del señor Lima las mujeres hemos logrado que se constitucionalice nuestro derecho a vivir una vida libre de violencia:
Artículo 15.I. Toda persona tiene derecho a la vida y a la integridad física, psicológica y sexual. Nadie será torturado, ni sufrirá tratos crueles, inhumanos, degradantes o humillantes. No existe la pena de muerte.
II. Todas las personas, en particular las mujeres, tienen derecho a no sufrir violencia física, sexual o psicológica, tanto en la familia como en la sociedad.
III. El Estado adoptará las medidas necesarias para prevenir, eliminar y sancionar la violencia de género y generacional, así como toda acción u omisión que tenga por objeto degradar la condición humana, causar muerte, dolor y sufrimiento físico, sexual o psicológico, tanto en el ámbito público como privado.
Desde esta perspectiva, su cacareado “cambio de paradigma” resulta claramente inconstitucional, por donde se lo vea. Pero, ¿qué se puede esperar cuando, lamentablemente, ya conocemos cómo funciona el Tribunal Constitucional Plurinacional, del que ya hemos visto fallos aberrantes en el pasado? Es decir ¡estamos libradas a la arbitrariedad del poder omnímodo del partido en función de gobierno!
El ministro ¿se retracta?
En respuesta a la tormenta de críticas que le cayó encima al ministro Lima, mediante vídeo (https://twitter.com/i/status/1358221691864940551) publicado en la cuenta de Twitter del Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional ¿se retractó de sus anteriores declaraciones? Habló en otro tono, se condolió de las once víctimas de feminicidio que ya se cuentan en el primer mes de 2021, dijo que los derechos son progresivos, que no podemos retroceder a la conciliación previa a la ley 348, que la norma debe ser escrita de manera participativa, logrando consensos. No obstante y sin embargo, quedan dudas sobre la veracidad de sus palabras porque no tuvo la valentía de admitir su desatino.
¡Qué grave es dar poder a alguna gente! Este abogado, convertido en ministro, ahora puede exponer su más supina ignorancia y su misoginia, dándose atributos de gran reformador posmoderno de la justicia. Lo peligroso del caso es que, además, como él mismo dice, la decisión será puesta en manos de la Asamblea Legislativa Plurinacional, compuesta en su mayoría por gente que piensa más o menos como él y que hasta lo deben creer un genio del derecho. Mientras que del lado de la oposición sobran los dedos de la mano para contar legisladores (y legisladoras) con el suficiente dominio del tema como para hacer frente a semejantes despropósitos.
Lo que el señor Lima no sabe es que nosotras, quienes estamos todos los días de nuestras vidas atentas a cualquier situación referida a la violencia en contra de las mujeres, no estamos dispuestas a dar un paso atrás, ni siquiera para tomar aliento, y que su “cambio de paradigma” le va a resultar muy caro si es que pretende llevarlo adelante.