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IMPUNIDAD PARA VIOLADORES CON FUERO SINDICAL. El MAS tramita Ley.

Por Zulema Alanes B.-

Parlamentarios del Movimiento Al Socialismo (MAS) intentan otorgar impunidad por fuero sindical a sospechosos de la comisión de todo tipo de violencia contra mujeres, niños, niñas y adolescentes, denunciaron organizaciones de la sociedad civil y familiares de víctimas.

El proyecto de Ley 553, que se tramita en la Cámara de Diputados, busca modificar la Ley 1173 de Abreviación Procesal Penal que, según la denuncia, pretende encubrir a feminicidas, violadores y agresores que gocen de fuero sindical. Una fuente que pidió reserva, aseguró a Cabildeo Digital que el proyecto encubre la intención de proteger a Evo Morales puesto que podría activar su condición de máximo dirigente cocalero para eludir procesos en su contra por supuestos delitos de estupro, pedofilia y violación.

El artículo 3 del controvertido proyecto de Ley plantea que en aplicación de “los derechos y garantías establecidas en el Art. 51 parágrafo 6) de la CPE, que hace referencia al fuero sindical” la fiscalía debe rechazar la denuncia sobre la comisión de cualquier delito por violencia contra niños, niñas, adolescentes o mujeres que tenga por resultado la muerte o atente contra la libertad sexual.

A través de un pronunciamiento, organizaciones de mujeres y de derechos humanos expresaron su rechazo al proyecto de ley de modificación a la Ley N° 1173, de Abreviación Procesal Penal y de Fortalecimiento de la Lucha Integral contra la violencia a niñas, niños, adolescentes y mujeres, y manifestaron “nuestra profunda indignación, primero, porque propone mecanismos de impunidad y encubrimiento a feminicidas, violadores y agresores; y segundo, porque no responde a las preocupaciones planteadas por familiares de víctimas y organizaciones de la sociedad civil sobre la mora procesal en delitos de violencia y el régimen de medidas cautelares”.

DE ESPALDAS A LAS DEMANDAS DE LAS VÍCTIMAS


Todo empezó cuando diferentes colectivos que luchan contra la violencia se movilizaron para exigir la modificación de la Ley 1173 debido a que, a diciembre de 2019, al menos diez feminicidas y un número no cuantificado de agresores sexuales de menores de edad lograron salir libres gracias a “medidas sustitutivas”.

“Estamos en emergencia, feminicidas, violadores y agresores están siendo libres y los jueces se escudan en la 1173 y en los plazos que esta ley establece. Pedimos a Eva Copa cumpla con su palabra y modifique esta ley, queremos que las autoridades cumplan sus promesas”, fue el pedido que formuló la abogada Jessica Echeverría desde la ciudad de Santa Cruz.

Entre tanto, familiares de las víctimas de feminicidio, infanticidio y sobrevivientes de todo tipo de violencia denunciaron que la Comisión de Justicia de la Cámara de Diputados planteó una nueva propuesta de modificación de la Ley 1173 a través de la Ley 553 que pretende beneficiar y garantizar la impunidad de violadores de menores, feminicidas y agresores que gocen de fuero sindical.

Revelaron que, en enero de 2020, junto a asesores de la presidenta del Senado, Eva Copa, formularon dos proyectos de ley que fueron rechazados en su totalidad y, en su lugar, surgió una propuesta totalmente política que no solo vulnera los derechos de las víctimas, sino también tratados internacionales

La activista Carla Ballón dijo que la idea de que la Policía y la Fiscalía deben rechazar las denuncias de violencia física, psicológica o sexual contra agresores, violadores y feminicidas que tengan un fuero “es una decisión política que no fue consultada y que atenta contra los derechos de las víctimas”:

“Advertimos que no permitiremos que nuestra lucha por la modificación de la Ley 1173 sea aprovechada políticamente para otorgar privilegios a delincuentes con fueros sindicales. Repudiamos la propuesta de la Comisión de Justicia Plural de la Cámara de Diputados, no solo porque busca proteger a políticos y dirigentes que cometen delitos de violencia contra mujeres, niños, niñas y adolescentes, sino porque ignora todas nuestras peticiones y propuestas como víctimas”, señala un pronunciamiento.

UN INTENTO DE INSTITUCIONALIZAR LA IMPUNIDAD


El proyecto de ley plantea en su artículo tercero que el Ministerio Público estaría obligado a rechazar las denuncias por la comisión de delitos cometidos por dirigentes sindicales, lo que según Patricia Brañez del Comité de América Latina para la Defensa de los Derechos de las Mujeres (Cladem Bolivia), además de ser contrario a la Constitución, constituye una injerencia indebida del Legislativo en la labor del Ministerio Público.

Destacó que “no responde a las preocupaciones planteadas por familiares de víctimas y organizaciones de la sociedad civil sobre la mora procesal y el régimen de medidas cautelares en los casos de violencia machista”.

Por su parte, Mónica Bayá, directora de la Comunidad de Derechos Humanos, dijo que el proyecto de ley cambia el sentido del fuero sindical que tiene como fin “proteger a los dirigentes frente a represalias por su labor en la defensa de los derechos laborales y de ninguna manera para encubrir delitos de orden público”.

Además, viola lo establecido en el artículo 5, parágrafo III de la Ley 348 que no reconoce fuero ni privilegio de ninguna clase para quienes cometen delitos de violencia, complementó.

Bolivia es el país con la tasa más alta de feminicidios en Sudamérica, entre 2013 y 2019 el Ministerio Público registró 1.994 casos de feminicidio consumados y en grado de tentativa. En relación a los hechos de violencia sexual, en el mismo periodo se registró un promedio de nueve hechos de violencia sexual por día, de los cuales, cinco víctimas fueron mujeres y cuatro niñas y niños, estos delitos son los primeros en la estadística de población carcelaria con el 33, 36%. El 2019 la Policía recibió 42.203 denuncias por hechos de violencia, en promedio noventa y ocho por día. Se suma a ello que, menos del dos por ciento de los procesos concluyeron con una sentencia después de un juicio oral, destaca un pronunciamiento de varias coaliciones de organizaciones defensoras de los derechos de mujeres, niñez y adolescencia.

Denuncia que el proyecto de ley contradice las obligaciones de prevenir, investigar, sancionar, reparar y erradicar la violencia contra las mujeres previstas en el Art. 14 de la Constitución Política del Estado y el Art. 7 de la Convención de “Belem do Pará”, y lo dispuesto en el Art. 5 de la Ley No. 348, “Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia”, el que claramente señala que “no reconoce fuero ni privilegio de ninguna clase”.

Recuerda que “las causas para el rechazo de las denuncias, por parte del Ministerio Público, están previstas en el Art. 304 del Código de Procedimiento Penal, que no contemplan el fuero sindical, siendo que todos los casos los hechos de violencia deben ser investigados de oficio y los autores enjuiciados y debidamente sancionados. Imponer el deber de rechazar estas denuncias además de ser contrario a la Constitución Política del Estado, es una injerencia indebida del legislativo en la labor del Ministerio Público”. Asimismo, exigen ampliar el debate público para discutir las reformas a la Ley 1173.

Proyecto de Ley para dar impunidad a los violadores

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