Foto: SIN.-
Como consecuencia del confinamiento sanitario por el COVID-19 y el cese de actividades por más de 60 días, los empresarios advierten que se encuentran impedidos de pagar el Impuesto a las Utilidades de las Empresas (IUE) de 2019 hasta el 29 de mayo, tal como lo establece el Decreto Supremo 4198, y han solicitado la ampliación hasta el 20 de octubre o 60 días después de que se levante la cuarentena.
“Consideramos que para muchas empresas, será casi imposible, cumplir con el pago del Impuesto a las Utilidades de la gestión 2019 hasta el 29 de mayo de 2020, debido a que en la cuarentena, no han tenido ningún movimiento económico por ventas y no han generado los flujos de dinero requeridos para cumplir con esta obligación anual”, afirma Gustavo Jáuregui, gerente General de la Cámara Nacional de Comercio (CNC).
El artículo segundo de decreto 4198, aprobado por el Gobierno el 18 de marzo de este año, difiere hasta el 29 de mayo el pago del IUE de la gestión cerrada al 31 de diciembre de 2019.
Sin embargo, Jáuregui señala que una gran cantidad de empresas no terminaron ni siquiera con sus cierres administrativos contables y sus auditorías externas del año 2019, debido a que esas tareas se interrumpieron por el aislamiento por el coronavirus.
“Las empresas no conocen el monto final de las utilidades registradas el año pasado, ni el cálculo ni la liquidación del IUE, validado por su auditores externos”, indica.
La Cámara Nacional de Comercio (CNC) presentó el anteproyecto de decreto para postergar el pago del IUE al Ministerio de Economía y Finanzas para permitir que las empresas generen los flujos de dinero necesarios y concluyan con sus cierres contables y sus auditorías externas.
Por otra parte, el ejecutivo califica como “acertada” la decisión del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) de dejar sin efecto la aplicación del Sistema de Facturación Electrónica (SFE), que debía comenzar el 1 de junio, porque permitirá a las empresas seguir trabajando con el Sistema de Facturación Virtual y evitará hacer gastos adicionales para su puesta en marcha.
El presidente del SIN, Mario Nava, aprobó, mediante la resolución 102000000011, la abrogación de la Resolución 101800000026 que establece el marco normativo para la aplicación y reglamentación del Sistema de Facturación Electrónica, así como otras normas que la modifican.
La administración tributaria explicó, en dicha resolución, que se determinó dejar sin efecto la aplicación de la facturación electrónica tras efectuar un análisis del marco normativo y debido a la situación actual de la economía, agravada por la emergencia sanitaria por el coronavirus, que impide la realización de las actividades económicas de manera regular.
Jáuregui apunta la necesidad de considerar las consecuencias económicas a raíz de la emergencia sanitaria por el COVID-19, que imposibilitan ahora a las empresas desembolsar recursos adicionales para aplicar herramientas tecnológicas y de comunicaciones, que deben garantizarse para su ejecución.
JMC